TÍTULO PRELIMINAR Naturaleza y
finalidad del Centro
TÍTULO I La Comunidad
Educativa
TÍTULO III Órganos de Gobierno
y Gestión
TÍTULO IV Órganos de
Coordinación Educativa
TÍTULO V Normas de
Convivencia
TÍTULO VI Resto de los miembros de
la Comunidad Educativa
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TÍTULO PRELIMINAR Naturaleza y finalidad del
centro
Artículo primero.
El Colegio Valdeluz, en conformidad con la legislación
vigente, adopta el presente Reglamento para la regulación de su
Régimen Interior, tanto en los niveles concertados como en los no
concertados.
Artículo 2. Objeto.
El presente Reglamento de Régimen Interior tiene por
objeto regular la organización y el funcionamiento del Centro y promover
y fomentar la participación de todos los que forman la Comunidad
Educativa.
Artículo 3. Domicilio y Registro.
El Colegio Valdeluz está situado en Madrid, en la calle
de Fermín Caballero, 53, DP 28034. Se halla inscrito en el Registro de
Centros de la Administración Educativa con el n.º 28015495 y
está acogido al régimen de conciertos educativos regulado en el
título IV de la LODE y en sus normas de desarrollo y la LOCE
capítulo IV, art. 75 y 76.
Artículo 4. Autorizaciones.
El Colegio Valdeluz es un Centro escolar integrado, de
titularidad privada, oficialmente reconocido y autorizado por la OM 21/3/1997,
BOE n.º 90, de 15/4/1997, en la que se reconocen las siguientes etapas
educativas: - Educación Infantil. - Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria. - Bachillerato.
Artículo 5. Titularidad.
La Entidad Titular del Colegio Valdeluz es la Provincia
Agustiniana Matritense, perteneciente a la Orden de San Agustín.
Artículo 6. Principios dinamizadores.
La organización y el funcionamiento del Centro responde a
los siguientes principios: a) Ideario católico del Centro, inspirado
en San Agustín. b) La configuración del Centro como una
Comunidad Educativa cristiana. c) La realización plena de la oferta
educativa contenida en el Ideario, al que habrán de adaptar sus
actuaciones todos los integrantes de la Comunidad Educativa. |